Prensa Prensa 8/26/2019

CIRCULAR GENERAL

Fuente: FAA
Prensa
Nota Original FAA
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RESOLUCION DE LA FAA SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES DE BASE EN EL 107º CONGRESO ORDINARIO ANUAL


RESOLUCION DE LA FAA SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES DE BASE EN EL 107º CONGRESO ORDINARIO ANUAL.
Comunicamos a usted que conforme las normas Estatutarias y a lo resuelto en el CDC del día 01 de agosto de 2019, en relación a la participación de las Entidades de Base en el 107º Congreso Ordinario Anual, se ha aprobado la siguiente resolución:

1. REQUISITOS ESTATUTARIOS PARA LA PARTICIPACION EN EL 107° CONGRESO
De los requisitos formales:
Los requisitos formales y plazos previstos por el Art. 11 del Estatuto serán cumplimentados sólo mediante la presentación en la Sede Central de la FAA de la siguiente documentación:
Art. 11º: La vigencia plena de los derechos, uso de los servicios y/o goce de los beneficios que acuerda este Estatuto, y sus reglamentaciones a las asociadas (filiales, entidades juveniles y entidades afiliadas y por extensión a sus socios) está condicionada a que las mismas estén al día con la tesorería y cumplan con los requisitos establecidos por el C.D.C. Para el ejercicio de los derechos en las Asambleas Zonales de Distrito, deberán estar abonadas el 75% de las cuotas y para ejercerlos en el Congreso Ordinario Anual, el 100% de las mismas. Para la participación en Asambleas Anuales de Distrito y Congresos Ordinarios y Extraordinarios, los requisitos formales deberán estar reunidos al 30 de junio de cada año.- Autorizase al C.D.C. a reglamentar el presente artículo pudiendo, inclusive, establecer representaciones proporcionales al porcentaje de cuotas pagadas, cuando no se reúna el 75 o el 100%.

REGLAMENTO
Art 98° - De los requisitos formales: Los requisitos formales previstos por el Art. 11 del Estatuto serán cumplimentados solo mediante la presentación en la Sede Central de la FAA de la siguiente documentación y fechas:
a) Aquellos que los tuvieren, la presentación de sus estatutos, contratos, actas o documentos constitutivos.-
b) El Acta del Órgano respectivo o Asamblea o reunión en el que se designaren las autoridades de la Entidad. De ellas deben surgir con claridad, quien es su Presidente, Secretario y demás autoridades; el plazo o período de su mandato y demás circunstancias que permitan determinar con certeza quienes representan y su mandato.-
c) A tales efectos y su acreditación en los términos estatutarios, deberán presentarse los mismos en copia del acta respectiva en forma certificada o legalizada por Escribano, Juez o autoridad Nacional, Provincial o Comunal que exprese o afirme que la misma concuerda con el original que ha tenido a su vista.-
d) Dichas actas deberán surgir de un libro de Actas que deberá llevar la entidad de base. Los que por las leyes no tienen obligación de llevar libros rubricados, los mismos, dentro del plazo que establezca el CDC deberá rubricar sus libros ante la Sede Central. Los mismos podrán ser rubricados por el Secretario de Coordinación o de Organización y por la Sindicatura, foliándose y rubricándose cada una de sus hojas.-
e) Al 30 de junio de cada año deberán estar presentadas las Actas respectivas de donde surjan las autoridades vigentes a dicha fecha. Las entidades cuyas autoridades vencieren entre el 30 de junio y las fechas del Congreso Anual Ordinario o Asamblea de Distrito, deberán presentar acta de renovación de autoridades con una antelación de quince (15) días de su realización. El C.D.C establecerá la forma de acreditación en situaciones intermedias.-
Del requisito de estar al día con la Tesorería:
a) Art 99° - Del requisito de estar al día con la Tesorería: Se establece que estar al día con tesorería implica haber abonado los tres últimos periodos anuales de cuota social en su totalidad, para aquellas entidades cuya antigüedad lo alcanzare.-
b) El plazo para cumplir con dichos pagos podrá realizarse hasta el día 26 de setiembre de 2019 hasta las 10 hs, hora de inicio del primer punto del orden del día del congreso. Todo pago debe ser acompañado de la planilla de cobranza que debe tener nombre y apellido del socio que abono su cuota y en caso de ser socio nuevo debe estar acompañado por la planilla de solicitud de ingreso a FAA emitida por la entidad.
c) Todo pago realizado por transferencia o depósito bancario, deberá ser notificado en forma fehaciente (fax, email), detallando la Entidad o socio que la realice.

2. PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES DE BASE EN EL 107° CONGRESO

Podrán participar con plenos derechos:
a) Las Filiales, Entidades Juveniles, Entidades Afiliadas y Adheridas, deben contar con una antigüedad de tres meses como mínimo afiliadas a la FAA. En el caso de las Entidades nuevas, deberán haber sido aprobadas por el CDC y efectuado el pago para su ingreso, tres meses antes del Congreso.
b) Las Filiales y Entidades Juveniles que tengan como mínimo 20 (veinte) cuotas abonadas.
c) Las Entidades Afiliadas que tengan como mínimo 30(treinta) cuotas abonadas.
d) Excepcionalmente, para las afiliadas ¨Grupos de Mujeres Federadas el mínimo es de 16 cuotas abonadas.
e) Excepcionalmente, para las Entidades Juveniles el mínimo es de 16 cuotas abonadas.
f) Que cumplan con los requisitos del artículo 11 de estar al día con la Tesorería.

Se mantiene la representación proporcional que determinara el art. 21º del reglamento general, es decir:
a) Un Delegado: Por cada 50 socios o fracción las Filiales y Entidades Juveniles.
b) Un Delegado: Por cada 400 socios o fracción las Entidades Afiliadas con un tope de cinco Delegados.
c) Una Delegada para un mínimo de 16 socios las Afiliadas ¨Grupo de Mujeres Federadas¨

Aclaración
a) Las Filiales y Entidades Juveniles: Ejemplo: para 2(dos) votos a partir de 51 cuotas pagadas.
b) Las Entidades Afiliadas: Ejemplo: 2(dos) votos a partir de 401 cuotas pagadas.

Tendrán derecho a voz, pero no a voto:
a) Las Filiales y Entidades Juveniles que hubieren abonado entre 11(once) y 19 (diecinueve) cuotas.
b) Las Entidades Afiliadas que hubieren abonado entre 16(una) y 29(veintinueve) cuotas.
c) Las Afiliadas ¨Grupo de Mujeres Federadas¨ que hubieren abonado entre 8(ocho) y 15(quince) cuotas.
d) Las Entidades Adheridas participan en el 107º Congreso, con un Delegado con voz y voto en los asuntos de carácter general no teniendo injerencia en las cuestiones internas de la Entidad.

3. ACREDITACIÓN DE DELEGADOS
Credenciales
Las credenciales, para una correcta acreditación deberán constatarse en forma clara y legible
a) Nombre de la Entidad, y que la misma figure en el Padrón de Entidades.
b) Firma, aclaración y DNI del delegado Titular y Suplente y que los mismos sean asociados a la Entidad que representan.
c) Firma, aclaración y DNI, del Presidente y Secretario de esa Entidad de Base, cotejando que los mismos sean los que figuran en el Padrón de Entidades.
d) Para participar con voz y con voto deberán tener las cuotas requeridas al día, no estar en mora con tesorería y cumplir con la antigüedad necesaria.

Acreditación
Los delegados que constituirán el Congreso deberán acreditar su carácter por ante el funcionario que determine el Consejo Directivo Central a partir de las 48 horas anteriores al comienzo del mismo. Este otorgará las respectivas credenciales y constatará que las asociadas complementen los requisitos estatutarios para participar del Congreso. Si así no ocurriere, no otorgará la credencial, formando un legajo, el que elevará a la Comisión de Poderes que resolverá.

4. COMISION DE PODERES
A la Comisión de Poderes se elevará, asimismo, la documentación acreditante de la representación investida por los delegados.
a) La Comisión de Poderes se constituirá con siete (7) Delegados acreditados que hubieren obtenido su credencial. Los mismos serán designados a propuestas de aquellos Delegados que hubieren cumplimentado dicho requisito y por ante el Presidente del Congreso y/o Secretario de Coordinación dentro del recinto destinado al Congreso. Designados, deberán constituirse como Comisión a los efectos del cumplimiento de sus funciones específicas.-
b) Son funciones de la Comisión de Poderes la revisión y resolución respecto de las credenciales observadas. La resolución de participación o su denegatoria será por mayoría simple. La resolución que deniegue el derecho participativo podrá ser objeto del recurso de revisión. La confirmatoria será inapelable.

5. PROCESO ELECCIONARIO

De acuerdo a la decisión del CDC, para una mejor organización, el acto eleccionario quedará abierto desde las 15 hs. y hasta las 18 hs. el día jueves 26, y de 10hs. a 14 hs. el día viernes 27, en forma simultánea al desarrollo del Orden del Día establecido en el Congreso.

ESTO DEBERÁ CUMPLIRSE ESTRICTAMENTE, YA QUE LA PARTICIPACION EN EL CONGRESO, DEBE SER EL FIEL REFLEJO DE LO DISPUESTO, HABIDA CUENTA DE LA SUPERIOR ELEVACIÓN DE LAS RESPECTIVAS ACTAS A LA INSPECCIÓN DE PERSONAS JURIDICAS.
Para consultas, pagos; comunicarse con el departamento Gremial y Socios. 0341-4463100- INT. 305/306/308 Y e-mail: Socios@faa.com.ar

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