Prensa Prensa 4/29/2020

Formosa: Filial Laguna Naineck solicitó al intendente de esa localidad un precio mínimo de referencia obligatorio

Fuente: FAA
Prensa
Nota Original FAA
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Encabezados por el director FAA, Pánfilo Ayala, productores de la filial federada se reunieron con el Julio Murdoch. 


Los Federados transmitieron la necesidad de que el estado municipal fije un “Precio Mínimo de Referencia Obligatorio” por cada caja de banana que se comercialice desde la jurisdicción del municipio de laguna Naineck hacia cualquier centro de consumo o mercados del territorio.

El pedido se fundamente teniendo en cuenta los diferentes desfajes que existen cada año entre lo que percibe el productor de banana por su producto y lo que a diario cotiza en los distintos mercados, siendo esta una situación que perjudica directamente al productor, la cual surge como consecuencia de la destrucción artificiosa de los precios, con engaños por parte de los intermediarios o formadores de carga.

En una nota entregada en mano al Intendente, se le expresó al mismo claramente que es necesario la intervención del estado municipal con la medida solicitada anteriormente, teniendo en cuenta la escala de pequeños productores bananeros y desprotegidos de intermediaciones que fijan valores a nuestros productos, quienes cada año son sometidos a imposiciones de precios de sus productos, siendo estos actores junto con los destinatarios de los diferentes mercados, los grandes ganadores ante las perdidas permanente que sufren los sacrificados productores bananeros.

El “Precio Mínimo de Referencia Obligatorio” se podría deducir teniendo en cuenta la cotización del cierre diario de precios mayoristas que surgen de los distintos mercados de la región y del resto del país en un porcentaje no menor a la mitad de dichos valores (50%). Para este caso tomamos como ejemplo el precio mínimo actual de $ 500 por cada caja solamente de fruta en chacra al

Los Federados expresaron como imprescindible para el cumplimiento de esta medida, tener en cuenta los siguientes factores:

a) Cumplimiento estricto de las normas Vigentes: Disposición Provincial Nº 064/17 de la Subsecretaria del Ministerio de la Producción y Ambiente de la provincia de Formosa, Resolución 373/18 del Senasa y el Protocolo de calidad emitida oportunamente por la Mesa Productiva Local, donde en cada una de ellas se fijan calibre de la fruta, características de los envases para trasladar y comercializar la banana, kilaje de fruta, etc.
b) Toda persona y/o empresa que actué como intermediario u operadores de carga deberán estar registrados como tal en la municipalidad local cumplimentado los requisitos vigentes para la actividad comercial y poner fin al anonimato de dichos actores ante la ley.
c) El municipio publicara diariamente por todos los medios (Web, radio, página oficial, etc.) el “Precio Mínimo de Referencia Obligatoria” para tener en cuenta los productores, operadores de cargas e intermediarios y dar cumplimiento al mismo.
d) El cumplimiento total de esta media será requisito fundamental para que el producto obtenga la guía de traslado que emite el Ministerio de la Producción y Ambiente de la Provincia de Formosa.
e) Cualquier acto de incumplimiento o anomalía de la presente medida el productor damnificado podrá denunciar la misma ante el municipio

Desde la Federación Agraria Argentina Filial Laguna Naineck concideran actualmente muy oportuno fijar el “Precio Mínimo de Referencia Obligatorio” en $500 por cada caja de fruta al productor atento a la deducción mencionada anteriormente.

También participaron de la reunión el Concejal Jorge Adrián Gonzáles, el director suplente Eliodoro Lezcano, Luis Galeano, Bernardo Lagraña.

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